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[21-Julio-2026] Cambios relevantes de la 1.ª modificación a la RMF 2026


Estimado cliente 


Te saludamos cordialmente, compartimos contigo los puntos más importantes en materia de CFDI, derivados de la Primera Resolución de Modificaciones a la RMF 2026 realizada este mes de Julio, notarás que algunos ajustes ya te los hemos compartido de forma individual en comunicados pasados, hoy hacemos un pequeño recopilado con la intención de que estés bien informado:

🆕 CFDI de nómina (estímulos por contratación)


Cuando se aplique el estímulo fiscal por la contratación de personas adultas mayores de 65 años o personas con discapacidad, deberá registrarse en el atributo Concepto del nodo Percepción la leyenda correspondiente:

  • Pago de nómina – Adulto mayor
  • Pago de nómina – Certificado discapacidad


NOTA: Este ajuste no incorpora nuevos nodos; solo requiere validar el correcto mapeo del atributo “Concepto”.

    🆕 Validaciones por tipo de CFDI
    El Anexo 29 precisa que:

    • Los comprobantes con TipoDeComprobante=”N” deben incluir el Complemento de Nómina.
    • Los comprobantes con TipoDeComprobante=”P” deben incluir el Complemento para recepción de Pagos.


    Recomendamos validar estas condiciones antes de enviar el CFDI al servicio de certificación

    🆕 Complemento Concepto para Hidrocarburos y Petrolíferos (Regla 2.7.1.48)


    Se ajusta la redacción de la regla aplicable a determinados contribuyentes que enajenan gasolinas y diésel conforme al supuesto señalado en la regla 2.6.1.1., fracción II. Para quienes se encuentren dentro de este supuesto, continúa siendo obligatorio incorporar el complemento en los CFDI correspondientes.

    NOTA: Es importante precisar que esta resolución no crea un nuevo complemento ni anuncia una nueva estructura técnica; se trata de un ajuste a la regla que determina su ámbito de aplicación.

    🆕 Restricción de emisión de CFDI en esquemas específicos


    Se modifican diversas reglas relacionadas con esquemas especiales de expedición de CFDI, entre ellos operaciones del sector primario, minería, reciclaje, vehículos usados, arrendamiento y adquisición de obras de arte o artesanías. Cuando un contribuyente se encuentre en alguno de los supuestos de irregularidad señalados por la autoridad, podrá restringirse temporalmente la emisión de CFDI conforme al procedimiento de la regla 2.2.4.

    NOTA: Este punto no representa un cambio en la estructura XML. Se relaciona con el estado y autorización del contribuyente para emitir comprobantes, por lo que es recomendable contemplar el manejo de rechazos y el monitoreo del estado del RFC y de sus certificados.

    ⚠️ Consulta la publicación oficial SAT y profundiza en los cambios:
    Primera Resolución de Modificaciones a la RMF para 2026 — SAT

    Para revisar la aplicación fiscal de estas disposiciones, te recomendamos consultar a tu área contable o fiscal.

    Te agradecemos que compartas esta información con el personal de sistemas de tu empresa y tus colegas.

    Gracias por tu preferencia 🙌

    Equipo SW smarter®


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    Updated on julio 21, 2026

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